10 Dudas comunes respecto a los subsidios laborales en Nicaragua
1) ¿Cuál es la diferencia entre días de reposo y días de subsidio?
De acuerdo con el árticulo 93 de la Ley de Seguridad Social que establece textualmente lo siguiente:
Cuando la enfermedad que sufra un asegurado activo o cesante produzca incapacidad para el trabajo comprobada por los servicios médicos del Sistema Nacional Único de Salud, disfrutará mediante órdenes de reposo de un subsidio equivalente al 60% de la categoría en que esté incluido el promedio de las últimas ocho cotizaciones semanales dentro de las veintidós semanas anteriores a la fecha inicial de la incapacidad. El subsidio se otorgará mientras dure la incapacidad y se pagará a partir del cuarto día de incapacidad y mientras dure esa situación hasta el plazo de cincuenta y dos semanas.
En los casos de enfermedad que requieran hospitalización y en los accidentes, el subsidio se
Pagará desde el primer día de la incapacidad.
Las órdenes de reposo por incapacidad para el trabajo no podrán ser por períodos mayores de treinta días.
Por otro lado, cuando una subsidio se extiende por “Riesgo profesional” o “Enfermedad Profesional” (ver ártículos 62, 63 y 64 de la [LSS] ley de seguridad Social) el subsidios entra en vigencia a partir del día siguiente después de sufrir el accidente, según lo establecido en el artículo 75 del RGLSS (Reglamento de la Ley de Seguridad Social).
Sin embargo en caso de Subsidio por incapacidad de trabajo (artículo 93 RGLSS), es decir cuando la empresa médica provisional sólo prescribe de uno a tres días estos son considerados como días de reposo por enfermedad, El INSS no se le paga nada al trabajador o al empleador. En estos casos entra un vacío legal donde entra en juego los Convenios Colectivos (empleador – trabajadores), mediante este instrumento interno queda establecido cual será el proceder en caso de otorgarse los días de reposo que comúnmente son considerados como tiempo a cuenta de vacaciones del trabajador.
2. ¿Cuanto tiempo puede estar de subsidio un trabajador?
De acuerdo con el artículo 76 del Reglamento General de la ley de Seguridad social que establece lo siguiente:
Artículo 76.-El subsidio se concederá por días y se liquidará por períodos no mayores de treinta días y se otorgará mientras dure la incapacidad. Sin embargo, al cumplir 52 semanas de subsidio, la Comisión de Invalidez, previa opinión de su médico tratante, dictaminará si procede o no la prórroga o procede tramitársele una pensión de incapacidad permanente del asegurado.
Por tanto el plazo máximo que puede estar de subsidio un trabajado es un año antes que “LA COMISIONES DE INVALIDES (INSS)” dictamine si el asegurado deberá pasar a un régimen de invalidez (la invalidez puede ser temporal, o permanente).
3. ¿Cuanto debe haber cotizado el asegurado para tener derecho al subsidio por enfermedad común?
Requisitos: 8 semanas cotizadas dentro de las últimas 22 anteriores al subsidio
Conservación de derecho: 14 semanas posteriores a la cesantía
Base legal Arto. 93 LSS
4. ¿Tienen derecho a subsidio los trabajadores bajo régimen de seguro facultativo?
Repuesta: Si tiene más de un año cotizando bajo el régimen de seguro facultativo SI tienen derecho. Base Legal. Artículo 34 RGLSS.
5. ¿A partir de cuando tiene derecho a subsidio por riesgos profesionales?
A partir del día siguiente del riesgo, a un subsidio diario igual al 60% del salario promedio. La remuneración del día del accidente lo asume el empleador. Arto. 99 LSS y arto. 75 del RGLSS
6. ¿ A partir de cuando tiene derecho la asegurada a subsidio por maternidad?
16 cotizaciones semanales dentro de las últimas 39 semanas que preceden a la presunta fecha del parto. Base Legal. Arto. 94 de la LSS
7. ¿Como funciona el subsidio de Lactancia?
Subsidio de lactancia normalmente se otorga por 6 meses, pero tiene las siguientes características:
a) Se fomenta la lactancia materna;
b) Si el bebé no es amamantado se le entrega leche de calidad;
c) en su defecto, se puede entregar dinero en efectivo;
d) Si es parto múltiple la leche se mantiene por dos años. (Arto. 97 de la LSS; asimismo, el primer párrafo del literal d) del artículo 4) de la Ley No. 718, “Ley de protección especial a las familias en las que hayan embarazos y partos múltiples”).
e) En caso de muerte de la madre el Subsidio de lactancia se otorga a los hijos de la beneficiaria del asegurado. (Arto. 107 y literal ñ del arto. 1 del RGLSS).
8. ¿Cuales son los requisitos para aplicar al subsidio de Funeral?
El INSS otorgará un servicio de funeral adecuado al asegurado activo o pensionado. Arto. 61 del RGLSS.
9. ¿Cuanto aporta el INSS en caso de Subsidio Funeral?
El subsidio funeral es equivalente a la mitad del salario promedio mensual: De las 4 últimas cotizadas o subsidiadas dentro de las últimas 26 semanas anteriores al fallecimiento. (Arto. 62 del RGLSS). Sin embargo, el subsidio funeral no puede ser inferior al promedio mensual de la categoría en que esté incluido el salario mínimo vigente correspondiente a los trabajadores en general. (Arto. 62 del RGLSS). Así mimo, No puede ser superior al 50% del límite máximo señalado por el INSS. (Arto. 62 del RGLSS). El subsidio funeral para los pensionados: Para los pensionados se tomará el salario mensual que sirvió de base para el cálculo de la pensión. (Arto. 62 del RGLSS).
10. ¿A quién se le otorga el servicio de funeral?
Se le otorga a la persona que se haga cargo del entierro, presente certificado defunción y comprobación derechos. (Arto. 63 del RGLSS). Además de los requisitos anteriores la factura original de la empresa funeraria. (Arto. 63 del RGLSS).
22/12/2019 @ 3:39 AM
Hola tengo 7medes de subsidio por un riesgo laboral. Lesión rodilla derecha más reconstrucción LCA. Me están mandando con la comisión del inss pero no me han vuelto a evaluar y siento que mi doctor tratante ya se quiere liberar de mi. Y no dar más subsidio. Que pasa si me valora la comisión del inss ya no tendría derecho a mi subsidio
16/03/2020 @ 7:44 PM
Buenas tardes Estimado. En este caso el INSS deberá declararle Ivalidez total o parcial conforme lo establece el artículo 42 RGLSS que establece textualmente lo siguiente: “Artículo 42. Asegurado que se considera inválido total o parcial. Considérese inválido total al asegurado que a consecuencia de una enfermedad no profesional o lesión no proveniente del trabajo, estuviere incapacitado de ganar mediante un Trabajo proporcionado a sus fuerzas, capacidad y formación profesional, una remuneración mayor del 33% de la que percibe habitualmente, en la misma región, un trabajador sano del mismo sexo, capacidad semejante y formación profesional análoga.”
De forma análoga debe considerar que el INSS puede declarar una incapacidad total o partcial y de esta forma puede optar a una pensión por invalidez conforme lo establece el artículo 44 RGLSS.
29/07/2022 @ 9:38 PM
Buenas tardes quisiera aserte una consulta tengo 16 horas extra de primer semana y la siguiente semana Ise 40 horas laborales mi turno es mixto yo me fui de subcidio 2 días mi feja dice q yo le debo 5 horas laborales dónde ella me quitará 5 horas de las 16 horas extra q yo tengo de la semana anterior.. para ella completar me mi mi jornada de 45 horas.
Lo
31/08/2023 @ 4:37 AM
K pasa si tengo un accidente de trayecto pierdo el derecho a vacaciones
08/09/2022 @ 10:15 PM
Podrían ayudarme con una duda. Me accidenté fuera de horas laborales el 27 de junio, estaba en período de preaviso pues puse mi renuncia el 23 de junio. ¿Cuantos subsidios tengo derecho a que el INSS me pague si mi ultimo mes cotizado fue junio 2022?
27/08/2020 @ 7:33 PM
hace un mes tuve un accidente laborar y el dedo del centro de la mano izquierda me quedo colgando pero me lo surcieron y no me quedo igual me quedo diferente más flaco que el otro el innss me tiene que valorar eso o solo que el dedo me lo hubieran cortado lo valoran
18/10/2020 @ 6:29 PM
El suicidio afecta en las vacaciones. Si ay un artículo de la ley que diga. Si o no..me lo puede dar por favor
25/10/2020 @ 2:02 AM
Estimado Luis. Creo que en caso de “SUICIDIO” no hay necesidad que te explique mucho 🙁
31/08/2023 @ 4:38 AM
El succidio afecta mis vacaciones
21/10/2020 @ 8:54 PM
Si tengo un accidente laboral y me dan un succidio de 6 meses cuanto tiene que pagar el inss y cuanto le toca a la empresa y porque .
Si rengo un salario de 9500
01/11/2020 @ 1:13 PM
Hola podrían ayudarme con la siguiente consulta. Tuve un accidente común y me mandaron de subsidio desde el (03 de abril – hasta 28 de noviembre aún voy a estar de subsidio) mi salario es variable en este caso en base a que salario se paga mi aguinaldo, ya que los últimos seis meses me la he pasado de subsidio. Agradecida de ante mano por su ayuda
03/11/2020 @ 4:17 AM
Hola podrían ayudarme con la siguiente consulta. Tuve un accidente común y me mandaron de subsidio desde el (03 de abril – hasta 28 de noviembre aún voy a estar de subsidio) mi salario es variable en este caso en base a que salario se paga mi aguinaldo, ya que los últimos seis meses me la he pasado de subsidio. Agradecida de ante mano por su ayuda 0
19/11/2020 @ 7:29 AM
Hola. Me ayudan con una consulta, por favor. Tuve una orden de reposo de tres días por enfermedad común: lun, mar, y mie, mi séptimo es el domingo. Mi pregunta es, ¿me deducen mi séptimo a causa de mi ausencia por esos tres días de reposo? Gracias de antemano.
22/06/2021 @ 11:48 PM
¿ Puede la patronal obligar al empleado a realizar trabajos estando de subsidio por enfermedad?
08/10/2021 @ 3:37 PM
Quería saber si el seguro social paga aguinaldo a lo que pagamos seguro facultativo, yo comencé a pagar desde noviembre del año 2020.
22/11/2021 @ 6:25 AM
Me pueden ayudar con una duda por favor. Me gustaria saber exactamente que esta obligado a pagar mi empleador en mi caso. Yo trabajo en un call center (famosos por robar dinero a los empleados) Mi subsidio no fue por enfermedad comun, fue hospitalizacion, me dieron 5 dias de subsidio, perdi a mi bebe y me hicieron un legrado. Mis dias libres son sabado y domingo y el primer día de subsidio fue sabado. La primera pregunta es: yo pierdo el derecho a esos dos dias libres que me gane trabajando esa semana solo por ese subsidio? Tambien quiero mencionar que en el momento de mi subsidio yo apenas cumpli 5 semanas de trabajar en la empresa. Mi siguiente pregunta es si lo que me dijeron en esa empresa es cierto. Mi jefe me dijo que ellos tienen como requisito que uno tenga 6 meses de trabajar en la empresa para que paguen un subsidio, así que mi duda es esa. No tengo derecho a que me paguen ni un solo dia? Ni siquiera el 4to y 5to dia? Aparte de eso debo recalcar que siendo un subsidio con hospitalizacion la ley dice que el inss debe pagar desde el primer dia de subsidio, y de hecho asi lo pagaron. Esta ley solo aplica para el INSS? El empleador es libre de hacer lo que quiere? Por favor ayudenme con esta consulta.
19/02/2022 @ 3:07 PM
Holaa, hace 6 años sufri un accidente laboral, me cai bajando producto, caida de espalda, de una altura de aproximada de 5 metros, mi jefe no me mando al hospital y me.dejo seguir laborando asi, al tiempo de no resistir fui a la clinica donde me dicen que tengo una lesion y que sera permanente y progresiva debido a esa caida, me queje y la.empresa lo reconoce ante el inss, pero ha sido una pesadilla, porque me han hecho la vida imposible.para correrme, me.han acusado de todo,
28/03/2022 @ 8:57 PM
Si una persona se fue de subsidio por 5 días tiene que regresar a laborar si el subsidio finalizo el dia viernes de la semana y sábado se le pago tiempo compensado el domingo debera trabajar o se le tiene que dar libre
09/06/2022 @ 12:38 AM
Hola , mi pregunta es si me dan 72 horas de reposo en el centro de salud me los tiene que pagar el empleador
31/03/2022 @ 3:40 AM
Tuve un subcidio por 5 días, a la hora de retirar mi pago me deducieron 2 días, ahora en ya laborando me salen con la sorpresa que me vuelven a deducir 3 días de mi salario, es legal eso????
14/04/2023 @ 2:41 PM
Cómo saber cuánto realmente me corresponde de salario si estuve 21 días de subsidio. Se qué es el 60% mi salario mensual es de C$11,540 de parte del Inss me dieron un cheke por C$4,104 pero hoy qué la empresa libera la nómina me depositan C$826. 92 qué en total sería C$4,930.92 estámos hablando qué he perdido 1 día laboral. Ahora, si esté subsidio fue de 21 días, la siguiente quincena cómo debería de afectar mi salario. Ayudaaaaaa por favor qué para ser sincero uno siempre pierde en éstos casos y es bueno saber para estar claro de situaciones así, porque prácticamente prefiero andar con las vísceras fuera pero laborando para no perder mi salario, así prácticamente uno tiene que hacer por la necesidad de no perder o salir afectado su salario. Contestenmeeee.
06/04/2022 @ 4:35 AM
Hola tengo una inquietud. Tuve un subsidio de 8 días por accidente común de los cuales el inss no me pagó 3 días a los que le llaman carencia. Y por parte de la empresa tampoco me los pagaron. Por parte de la empresa además de esos tres días no me pagaron cuatro más y me indican que ellos como empresa no están obligados a pagar el 40% que le corresponde a ellos. Ya que así lo establece la ley y que por políticas de la empresa tampoco aplicaba a ese 40%. Me gustaría me apoyarán con la consulta por favor. Ya que hasta donde tengo entendido el 60% lo paga el inss y el 40% la empresa
04/05/2022 @ 3:34 AM
Hola señores del INSS ya voy a cumplir 12 subsidios y después que pasa como será mi jubilación o que hacen despues soy operado de cáncer y continuo en tratamiento quimioterapia
14/05/2022 @ 5:41 PM
Recibí subcidio por un mes debido a una cirugía. El inss me otorgó un cheque por el mes sin trabajar pero es menor al salario que gano quincenal, la empresa debería pagar el restante o no. Ya que ellos dicen que el seguro ya pagó por mi subcidio. En ese tiempo no voy a recibir pago por parte de mi empresa,está bien, es legal?
06/07/2022 @ 5:21 PM
Hola, si un trabajador estando de vacaciones descansadas sufre un accidente común y le dieron un mes de subsidio, el INSS paga siempre la parte del 60%, ya que en la empresa se le debe de pagar el 100% normal del salario porque está enviado de vacaciones.
11/07/2022 @ 9:38 PM
Debe el empleador cubrir los días por cuido maternal? hay limite para eso?
01/11/2022 @ 6:09 PM
Buenas tardes, en caso de las trabajadoras domesticas, como seria un subsidio, se le resta de las vacaciones?, o se le tiene que pagar por el periodo que se ausente?, si esta de subsidio por enfermedad común. dónde encuentro esta en el código laboral?
17/02/2023 @ 5:07 AM
Buenas noches. Mi nombre es Isabel tube un accidente laboral el 6 de febrero del corriente año, me dieron 10 días de subsidio, el cual se me vencen el día jueves 17 del mismo mes voy a la clínica para que me valore el especialista y como estaba en quirofano no me atendió, resulta que me dejan expediente abierto para verme el día lunes de la siguiente semana y darle seguimiento al riesgo laboral, pasa que el gefe inmediato que tengo, me obliga a irme a trabajar el dia lunes y que reprogramen la cita y, aun sintiéndome mal de la parte afectada del accidente. ¿Qué debo de hacer? Necesito su ayuda inmediata.
13/05/2023 @ 3:31 AM
Hola tuve un accidente en vacaciones me llevé 2 meses y 15 días de subsidio …después regrese de nuevo ala empresa y renuncie me afecta eso con mi liquidación..?
08/11/2023 @ 2:49 PM
como se declara un salario de medio tiempo en el INSS de Nicaragua?